REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN: Fury Win Cash
Industria Nacional de Refrescos, Sociedad Anónima, en adelante INARSA, con dirección en esta ciudad de Managua, en el Kilómetro 4.5 de la Carretera Norte, llevará a cabo la promoción denominada: Fury Win Cash la cual se regirá por las condiciones siguientes:
- DEFINICIONES
- Participante: Toda persona natural, mayor de edad, que compre o adquiera los productos participantes en los establecimientos seleccionados por el Patrocinador durante el período establecido. Los premios descritos en la Cláusula Segunda de este Reglamento serán entregados a cada ganador.
- Ganador: Toda persona natural mayor de edad, nicaragüense o extranjero con residencia en la República de Nicaragua, que resulte favorecido con el premio de esta promoción, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos descritos en el presente Reglamento.
- Patrocinador: Industria Nacional de Refrescos, S.A. (INARSA) con Registro Único de Contribuyente (RUC) J0310000004811.
- Productos Participantes: Son los productos que el Patrocinador ha destinado a la presente promoción, los cuales se describen en Cláusula Primera de este Reglamento.
- Premio: Corresponde al premio que se describe en la Cláusula Segunda de este Reglamento.
Comercios Participantes: Todas las pulperías, tiendas mayoristas, supermercados de cadena, tiendas de conveniencia, estaciones de servicio que tenga comunicada la promoción
- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA PROMOCIÓN
Podrán participar en la promoción todas las personas naturales que compren como mínimo una bebida FURY ENERGY con los empaques participantes en las presentaciones que adelante se indican, en los Comercios Participantes, los cuales estarán debidamente identificados con la promoción, conforme al presente reglamento.
Los interesados en participar en esta promoción deberán tener al momento del sorteo un documento de identificación válido y reconocido por la legislación nicaragüense. No podrán participar en esta promoción las siguientes personas:
- a) Empleados, ejecutivos, colaboradores de cualquier naturaleza y proveedores de Industria Nacional de Refrescos S.A. (INARSA).
- b) Propietarios y empleados de cualquiera de los Comercios Participantes.
- c) Los parientes hasta cuarto grado por consanguinidad o segundo de afinidad de todos los anteriores.
PRIMERA: (PRODUCTOS Y MARCAS PARTICIPANTES)
El Patrocinador ha establecido como productos participantes la siguiente bebida Energética, de la marca FURY ENERGY en la presentación FURY ENERGY de 500ml PET, siempre y cuando este producto sea comercializado por INARSA en los Comercios Participantes y que se detallan:
Producto | Marca |
FURY ENERGY 500ml PET | FURY ENERGY |
SEGUNDA: (PREMIOS)
El Patrocinador ha destinado para la presente promoción 3,500 PREMIOS en efectivo, de conformidad a como se detalla a continuación:
Monto | Cantidad | Total |
C$ 500.00 | 2,100 | C$ 1,050,000.00 |
C$ 1,000.00 | 1,190 | C$ 1,190,000.00 |
C$ 1,500.00 | 140 | C$ 210,000.00 |
C$ 2,000.00 | 70 | C$ 140,000.00 |
El Patrocinador no será responsable en caso de que el ganador no pueda gozar del premio por causas ajenas al Patrocinador -por ejemplo, sin que sea de carácter limitativo: no contar con un documento de identificación vigente emitido por las autoridades nicaragüenses respectivas. En ningún caso, el Patrocinador asumirá indemnizaciones frente al ganador por mal uso del premio, ni los costos por la obtención de los documentos requeridos por las autoridades.
TERCERA: (MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN)
La mecánica de la presente promoción consiste en que cada Participante deberá :
1. Comprar una unidad de Fury Energy bebida energizante 500ml PET. |
2. Hacer escaner con su dispositivo móvil (celular) del código QR que está encima de la tapa. |
3. Ingresar a la página web a la que le dirige el escaner del código QR. |
4. Ingresar los datos solicitados y el código único numérico que se encuentra en el interior de la tapa. |
5. Dar clic en enviar datos. |
Todos los Comercios Participantes estarán debidamente identificados con material publicitario alusivo a esta promoción, material publicitario que podrán variar a total discrecionalidad del Patrocinador, en cualquier momento.
CUARTA: (VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN)
La promoción es por tiempo limitado, iniciando el día 11 del mes 11 del año 2024 y finalizará el día 31 del mes 12 del año 2024. Concluido el plazo aquí mencionado, el Patrocinador no reconocerá ninguna factura con código, ni tendrá obligación alguna con ningún Participante de la promoción.
El Patrocinador por causas de caso fortuito, fuerza mayor o por cualquier causa justificada, podrá modificar en cualquier momento el plazo de la promoción, previa autorización por escrito a la Dirección General de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias (DIPRODEC). Una vez autorizado las modificaciones, el Patrocinador informará a los consumidores mediante una publicación por el mismo medio donde se publicó originalmente el reglamento.
QUINTA: (SELECCIÓN DE GANADORES Y CANJE DE PREMIOS)
La selección del ganador de cualquiera de los premios será de forma aleatoria, quienes deberán haber cumplido con la mecánica de la presente promoción. No existe límite en la cantidad de veces que una persona puede participar, siempre y cuando cumpla con el mecanismo de la presente promoción.
. Los ganadores se darán a conocer instantáneamente en el landing page correspondiente de la promoción.
El Ganador deberá presentar la tapa con el código que activó y una toma de pantalla del correo que contiene la página donde se les muestra como ganadores. La tapa deberá de encontrarse en buen estado y con el código visible y legible.
La entrega del premio se realizará en cada uno de los Comercios Participantes de Airpak a nivel nacional y los ganadores deberán de firmar el correspondiente documento mediante el cual declaran haber recibido a conformidad el premio en efectivo.
En caso, de que el participante ganador no retire el premio dentro del plazo acordado, el derecho al premio caducará bajo su total responsabilidad y sin que exista posibilidad de reclamo alguno contra el Patrocinador. El premio es indivisible, intransferible y no negociable.
- CONDICIONES GENERALES DE LA PROMOCIÓN
SEXTA: (CONDICIONES Y RESTRICCIONES)
Se entenderá que toda persona que decida participar en esta promoción conoce y acepta las condiciones, responsabilidades y limitaciones establecidas en este Reglamento y en los documentos a que éste hace referencia.
- La promoción es por tiempo limitado. Una vez vencido el plazo para participar, caducará el derecho con relación al mismo.
- El Participante de la promoción que decida y cumpla con la mecánica promocional establecida tiene por entendido que este Reglamento se basa en el ordenamiento jurídico nicaragüense, por lo que cualquier reclamo se tramitará según la legislación nicaragüense, conforme a la Ley 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias y su Reglamento.
- Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, o por causas de caso fortuito, fuerza mayor o cualquier otra condición justificada, el Patrocinador podrá modificar las condiciones del presente Reglamento, previa autorización por escrito a la Dirección General de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias (DIPRODEC). Una vez autorizado, el Patrocinador informará a los consumidores mediante una publicación por el mismo medio donde se publicó originalmente el reglamento.
- El Patrocinador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado. El ganador del premio será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Los participantes liberan de responsabilidad al Patrocinador, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo.
- El Patrocinador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente, en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera de control razonable del Patrocinador. La alteración de documentos e información sobre el ganador, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio del Patrocinador que sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
- Ni el Patrocinador de esta promoción, ni The Coca-Cola Company, sus filiales, agencias, distribuidores o representantes asumen responsabilidad alguna por la negativa que contravengan por parte de algún punto de venta a lo establecido en este Reglamento o bien cuando se solicite participación posterior al vencimiento del plazo promocional.
- Todas las personas que resulten ganadores deberán revisar el premio al momento de recibirlo. Ni el Patrocinador de esta promoción, ni The Coca-Cola Company, sus filiales, agencias, distribuidores o representantes asumen responsabilidad alguna por el disfrute y uso premio, ni por reclamos posteriores relacionados por la calidad o durabilidad de los mismos.
- El Patrocinador no es responsable en ninguna medida por ningún eventual gasto en que deba incurrir un destinatario de la promoción para participar y/o aceptar el premio.
- El Patrocinador de la promoción no es responsable del mal uso del premio por parte del ganador de la promoción, ni de su pérdida o deterioro.
- El presente Reglamento no obliga al Patrocinador con determinada persona o determinada colectividad sino sólo con quien acepte los términos del presente reglamento y sus eventuales modificaciones.
- Bajo ninguna circunstancia el premio es negociable, ni transferible. No puede ser reclamado o rembolsado por dinero u otros objetos que no sean los especificados por el Patrocinador en este reglamento.
- La responsabilidad del Patrocinador concluye al momento de realizar la entrega de los premios siempre que los participantes de la promoción hayan reclamado el premio y cumplido con los requisitos de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento.
- Si una persona no acepta sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido en relación con el participante y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
- El Patrocinador se reserva el derecho de realizar la correcta interpretación de las condiciones, así como de definir las reglas aplicables a cualquier situación no prevista en este Reglamento.
- Los participantes al aportar sus datos personales autorizan el acceso a dicha información por parte del Patrocinador y autorizan expresamente su inclusión en una base de datos para uso interno del Patrocinador, para efectos de contactarlos, generar contenido, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.
- La persona favorecida con un premio deberá firmar el documento de recibo de su premio, aceptando las limitaciones y condiciones que el premio representa, todo lo cual será realizado en presencia de un abogado y notario público, quien dará fe de los resultados, y remitirá con sus correspondientes respaldos documentales, a la Dirección General de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias (DIPRODEC). En el evento injustificado de haber aceptado un premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho a recibirlo, para lo cual se levantará un acta notarial.
- Monster Energy Company no es patrocinador de esta promoción. Los nombres, logotipos y/o materiales de “Monster Energy®” se utilizan únicamente con fines de promoción y/o descripciones de premios y dicho uso no pretende sugerir o implicar el patrocinio de esta promoción por parte de Monster Energy Company.
SÉPTIMA: (RELACIÓN ENTRE EL PATROCINADOR Y LOS COMERCIOS PARTICIPANTES)
Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún Participante o Ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante o agente de la compañía organizadora o de los copatrocinadores. Con el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
OCTAVA: (AUTORIZACION DE USO DE INFORMACIÓN)
La totalidad de la información proporcionada por los Participantes pertenecerá bajo la custodia del Patrocinador. Los Participantes, al aportar sus datos personales, autorizan el acceso a dicha información por parte del Patrocinador y su inclusión en una base de datos, para fines comerciales y mercadotécnicos autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial del Patrocinador, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.
NOVENA: (DERECHOS DE IMAGEN)
El hecho de participar en la promoción implicará el consentimiento de los participantes para que su nombre, voz e imagen sean utilizados en programas de televisión, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que el Patrocinador desee hacer con relación a la promoción, ya sea durante el plazo promocional o una vez vencido el mismo. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante.
DECIMA (INFORMACION Y ATENCIÓN DE CONSULTAS)
Para más información o consultas pueden llamar al Centro de Información y Servicio al Cliente al siguiente número telefónico 1800 1223 dentro del siguiente horario de atención: lunes a viernes de 8:00am a 5:00pm y sábados de 8:00am a 12:00md